CORRUPCIÓN

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viernes, 2 de septiembre de 2011

CORTE SUPREMA DICTA CONDENA EN ARISTA “PEAJE PUENTE LONQUÉN” DE CASO EFE EN GOBIERNO CONCERTACION

CORTE SUPREMA DICTA CONDENA EN ARISTA "PEAJE PUENTE LONQUÉN" DE CASO EFE

 

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación denominada "Peaje Puente Lonquén", una de las diversas aristas en las investigaciones por irregularidades cometidas en la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE).

 


En fallo unánime (rol 3011-2010) los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Luis Bates rechazaron el recurso de casación presentado en contra de la sentencia que condenó a tres personas por los delitos de fraude y estafa al Fisco en diversas fechas del 2005 y que corresponden a un monto de poco más de 5 millones de pesos.

 

El fallo determina las sanciones que se indican, contra quienes se identifica:
Claudio Manuel Carreño Rosales: 600 días de presidio como autor del delito de fraude al Fisco; multa equivalente al veinte por ciento (20%) del monto defraudado: $ 1.004.089 (un millón cuatro mil ochenta y nueve pesos); a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de condena, y al pago de un tercio de las costas de la causa.

 

Guido Eduardo Olavarría Ortiz: 600 días de presidio como autor del delito de fraude al Fisco; multa equivalente al veinte por ciento (20%) del monto defraudado: $ 1.004.089 (un millón cuatro mil ochenta y nueve pesos); a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de condena, y al pago de un tercio de las costas de la causa. Al condenado se le concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena, quedando sujeto a la supervigilancia de Gendarmería por el tiempo de la condena.

 

José Vicente Escobar Abarca:  200 días de presidio como autor del delito de estafa en perjuicio del Fisco; multa de 15 (quince) Unidades Tributarias Mensuales; a las accesorias de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de condena, y al pago de un tercio de las costas de la causa. Se concedió el beneficio de la reclusión nocturna de la pena por el término de la sentencia.

 

Asimismo se confirmó que los condenados  Claudio Manuel Carreño Rosales, Guido Eduardo Olavarría Ortiz y José Vicente Escobar Abarca deben pagar al Fisco, en forma solidaria, la suma de $5.020.444, por los perjuicios causados por el fraude.

 

La sentencia de la Corte Suprema ratifica en todas sus partes el fallo de primera instancia del ministro en visita Omar Astudillo dictado el 2 de julio de 2009 y que ya había confirmado por la Corte de Apelaciones de Santiago el 7 de diciembre del mismo año.

CORRUPCIÓN
 
CORTE SUPREMA DICTA CONDENA EN ARISTA "PEAJE PUENTE LONQUÉN" DE CASO EFE

 

La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación denominada "Peaje Puente Lonquén", una de las diversas aristas en las investigaciones por irregularidades cometidas en la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE).

 


En fallo unánime (rol 3011-2010) los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Luis Bates rechazaron el recurso de casación presentado en contra de la sentencia que condenó a tres personas por los delitos de fraude y estafa al Fisco en diversas fechas del 2005 y que corresponden a un monto de poco más de 5 millones de pesos.

 

El fallo determina las sanciones que se indican, contra quienes se identifica:
Claudio Manuel Carreño Rosales: 600 días de presidio como autor del delito de fraude al Fisco; multa equivalente al veinte por ciento (20%) del monto defraudado: $ 1.004.089 (un millón cuatro mil ochenta y nueve pesos); a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de condena, y al pago de un tercio de las costas de la causa.

 

Guido Eduardo Olavarría Ortiz: 600 días de presidio como autor del delito de fraude al Fisco; multa equivalente al veinte por ciento (20%) del monto defraudado: $ 1.004.089 (un millón cuatro mil ochenta y nueve pesos); a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de condena, y al pago de un tercio de las costas de la causa. Al condenado se le concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena, quedando sujeto a la supervigilancia de Gendarmería por el tiempo de la condena.

 

José Vicente Escobar Abarca:  200 días de presidio como autor del delito de estafa en perjuicio del Fisco; multa de 15 (quince) Unidades Tributarias Mensuales; a las accesorias de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de condena, y al pago de un tercio de las costas de la causa. Se concedió el beneficio de la reclusión nocturna de la pena por el término de la sentencia.

 

Asimismo se confirmó que los condenados  Claudio Manuel Carreño Rosales, Guido Eduardo Olavarría Ortiz y José Vicente Escobar Abarca deben pagar al Fisco, en forma solidaria, la suma de $5.020.444, por los perjuicios causados por el fraude.

 

La sentencia de la Corte Suprema ratifica en todas sus partes el fallo de primera instancia del ministro en visita Omar Astudillo dictado el 2 de julio de 2009 y que ya había confirmado por la Corte de Apelaciones de Santiago el 7 de diciembre del mismo año.

 


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Rodrigo González Fernández
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BOICOT Y SAQUEO A GABINETE DEL MINISTRO DE EDUCACIÓN

¿CON QUE GENTE TRABAJA EL MINISTRO?
Sorprendente, increíble  y preocupante esta noticia. ¡Que clase de funcionarios hay  en el Ministerio de Educación!

A toda vista se permite un boicot, una agresión, vandalismo,  un saqueo  al Ministerio y ello no puede ser de otra forma. Son los funcionarios desleales de la concertación que allí trabajan.


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Bulnes presenta querella por vandalismo en ministerio

¿QUE CLASE DE FUNCIONARIOS TIENE EL MINISTRO BULNES.? ES UNA ESPECIE DE BOICOT INTERNO.
 
Bulnes presenta querella por vandalismo en ministerio


MARIO GÁLVEZ y ALEJANDRA MUÑOZ

Una querella criminal en contra de quienes resulten responsables de los violentos hechos ocurridos el miércoles en el Ministerio de Educación, cuando un grupo de estudiantes irrumpió en el edificio y en su gabinete de trabajo, presentó ayer el ministro Felipe Bulnes.

Pasadas las 18 horas, el titular de la cartera se reunió con el fiscal jefe de la Fiscalía Centro Norte, Andrés Montes, para entregar el escrito que tiene como sustento los delitos de robo, lesiones, ingreso forzoso y daños.

La causa será tramitada por el Séptimo Juzgado de Garantía, según confirmó el fiscal Montes. "Se va a nombrar un fiscal que se hará cargo del caso y realizará todas las diligencias necesarias para identificar y establecer las responsabilidades de los hechos denunciados", explicó.

Aunque la querella está dirigida contra quienes resulten responsables, el escrito incluye la individualización de tres personas que habrían participado en la toma del ministerio. Bulnes, junto con calificar la situación como "muy grave", planteó que se trata de grupos radicales, que supuestamente intentan enrarecer el ambiente previo a la reunión de mañana sábado entre los dirigentes estudiantiles y el Presidente Sebastián Piñera.

En paralelo, Carabineros ordenó revisar el procedimiento llevado a cabo ese día en la que se denomina "zona primaria", que corresponde a la vigilancia especial que tienen La Moneda y su entorno.

Una de las interrogantes abiertas fue la impunidad con que actuaron los menores y la falta de detenidos luego de perpetrada la acción.

En la sede del Ejecutivo se admitió que existían algunas observaciones respecto de la seguridad de esos edificios, así como la preocupación de que ocurriera este tipo de hechos a raíz de las protestas estudiantiles.

De hecho, el 4 de julio pasado la División de Estudios de la Subsecretaría del Interior realizó una exposición a las jefaturas de gabinete de las distintas subsecretarías, en la cual se abordaron varios puntos relacionados con estas materias.

Entre ellos, se presentaron algunos conceptos de orden público, medidas básicas de seguridad que debieran existir en cada ministerio y subsecretaría, y acciones a adoptar ante la comisión de un delito flagrante, entre otros. Además, se entregó un instructivo sobre medidas de prevención.


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magistrados del tDLC escucharon ayer a los abogados del proceso que se remonta desde 2008

 

magistrados del tDLC escucharon ayer a los abogados del proceso que se remonta desde 2008

Cruz Verde y Salcobrand levantan duras acusaciones contra FNE en caso farmacias

La causa quedó en "estado de acuerdo suspendido" debido al ingreso de nuevas presentaciones.

  
Duras acusaciones marcaron la audiencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia que abordó el llamado caso farmacias. Por casi cuatro horas, los abogados de las distintas partes involucradas defendieron sus posturas, pero fueron las acusaciones que hicieron Salcobrand y Cruz Verde contra el accionar de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) lo que más llamó la atención de los presentes.

El argumento de los profesionales apuntó a la falta de un debido proceso, a cambios permanentes de los hechos que sostienen la investigación y la probidad de los testigos que presentó la FNE.

En su presentación, el abogado de Salcobrand, Felipe Vial, acusó a la fiscalía de manipular los números y de cambiar a lo menos en nueve oportunidades su tesis sobre los hechos. "Estamos en presencia de un juicio popular de condena", afirmó y agregó que "la FNE, a nuestro juicio, ha procedido en forma prejuiciada y pertinaz", recalcó.

A la salida de la audiencia, el fiscal económico, Felipe Irarrázabal, recalcó que a pesar de las recriminaciones, "este es un caso de prueba dura de cartel. Aquí Farmacias Ahumada, Salcobrand y Cruz Verde se coludieron para alzar los precios".

Además, dijo sentirse impresionado por las imputaciones del abogado de Salcobrand, quien además señaló que la FNE "ha violentado" las normas del debido proceso al cambiar una y otra vez las acusaciones. También respondió al abogado de Cruz Verde, José Miguel Gana, ya que éste se preguntó durante su presentación sobre las razones de la fiscalía de no requerir a los laboratorios que habrían participado en la colusión. "También podríamos haber requerido a los directores, a los ejecutivos, (pero) se hizo con quien era el foco principal de la investigación. Si hubiésemos requerido a muchos más dentro de ese contexto habríamos estado hasta el fin de los siglos en el proceso", destacó el fiscal.

Sin embargo, Gana insistió en el punto de los laboratorios y sostuvo que "la fiscalía no tiene antecedentes y con eso se le cae el caso con las farmacias. Supuestamente esta es una concertación entre laboratorios y farmacias y con los laboratorios dejó transcurrir los plazos de prescripción lo que es un notable abandono de deberes de sus obligaciones como ente público o de un perdonazo del que no tenemos ninguna explicación".

Los dardos de ambas empresas también apuntaron a Farmacias Ahumada, quien con anterioridad reconoció la colusión y logró un acuerdo con la FNE.



Nuevos antecedentes 


La causa quedó en "estado de acuerdo suspendido", porque aún hay plazos pendientes y presentaciones que llegaron recién esta semana al TDLC y que serán resueltas el martes. Tal escenario no cierra la posibilidad de que se pidan más antecedentes, lo que incluso podría suceder con la causa en "estado de acuerdo".


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Presentan querella por tráfico de migrantes por paraguayos que trabajaron con Francisco Javier Errázuriz


Presentan querella por tráfico de migrantes por paraguayos que trabajaron con Errázuriz

La acción legal fue interpuesta por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en Pichilemu.

RANCAGUA.- El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó una querella contra quienes resulten responsables de los abusos cometidos contra un grupo de ciudadanos paraguayos quienes, entre los meses de abril y mayo de este año, laboraron en un fundo propiedad del empresario Francisco Javier Errázuriz.

El INDH informó que el libelo fue interpuesto en el Juzgado de Letras de Pichilemu, Sexta Región.

"Los hechos detallados en el escrito responden a las figuras delictivas de tráfico de migrantes, definida y sancionada en los artículos 411 bis del Código Penal, y de trata de personas, tipificado en el articulo 411 Quater y Quinquies del mismo Código", sostuvo el organismo.

"Ánimo de lucro"

El organismo señaló que de los hechos denunciados "se desprende que determinadas personas promovieron y facilitaron el ingreso ilegal al país de personas y que existía ánimo de lucrar con dicho ingreso, pues los migrantes realizarían labores agrícolas a bajo costo. Y la información disponible hasta ahora, revela que al menos dos de estos trabajadores migrantes son menores de edad".

El texto de la querella establece que en este caso existió la obligación de realizar trabajos "que podrían ser calificados como servicios forzados o al menos una forma análoga de estos en malas condiciones humanas y laborales".

El 10 de agosto pasado, la Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó un recurso presentado por Errázuriz en contra de la multa en su contra aplicada por la Intendencia de la Región de O'Higgins por mantener al grupo de paraguayos trabajando sin contrato.

Fuente:emol

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