CORRUPCIÓN

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sábado, 18 de febrero de 2012

LA LEY DICOM ES UN MERO MAQUILLAJE , DICOM Y BOLETIN HISTORICO SEGUIRA EN EL TRAFICO DE INFORMACION

TRAFICO DE INFORMACIÓN SEGUIRÀ MIENTRAS EXISTA EL BOLETIN DE INFORMACIONES COMERCIALES
Si alguien pensó que con ésta ley se terminaría el tráfico de información, está equivocado. En efecto, quien edita la información, es el  Boletín de informaciones comerciales que genera  la Cámara de comercio de Santiago  y es quien vende profusamente la información  en lo que se llama el "Histórico" a terceros.

El Boletín de Informaciones comerciales viola los derechos humanos de  miles personas y seguirá violándolos  y lucrando con la desgracia ajena de lo que hacen un tremendo negocio mientrs no se declare su abolición completa.

Grandes son los esfuerzos del Gobierno por ayudar a millones de personas , pero en definitiva, a primado el LOBBY( más bien tráfico de influencias ) de la Cámara en cuestión.


Fuente:

Saludos
Rodrigo González Fernández
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¿dicom? Tres millones de deudores dejarán de estar en Dicom en los próximos días

Tres millones de deudores dejarán de estar en Dicom en los próximos días


Cecilia Arroyo

Cerca de tres millones de chilenos con moras por deudas inferiores a $2,5 millones serán borrados en estos días del registro comercial -conocido popularmente por el nombre de la empresa dueña de este servicio, Dicom-, según los cálculos entregados ayer por la Cámara de Comercio de Santiago (CCS).

La salida de estos morosos de las bases de datos se debe a la entrada en vigencia de la Ley 20.575, que norma el uso de información comercial y que, dentro de distintos aspectos, incluye el "borrón" de los datos de deudas vencidas y exigibles al 31 de diciembre pasado que se encuentren impagas, y que al 17 de febrero no excedan de $2,5 millones por deudor.

Esto implica sacar de "Dicom" deudas por un total de 60 millones de UF (unos US$ 2.750 millones), equivalentes al 1,57% del total de colocaciones de la banca al cierre de 2011.

Operativamente, el llamado "perdonazo" debería estar concluido este fin de semana, de manera que el próximo lunes los nombres de los beneficiarios ya no figuren en el sistema informativo de carácter crediticio o comercial, según señaló el secretario general de la CCS, Cristián García-Huidobro.

Las mayores complicaciones del proceso, agrega el ejecutivo, están en la conjugación de los criterios consignados (monto y fecha de vencimientos), para lo cual han trabajado coordinadamente con los distribuidores de estos datos, como las empresas Equifax o Sinacofi.

El ministro Secretario General de la Presidencia, Cristián Larroulet, destacó la ley como un esfuerzo por favorecer a los ciudadanos en la protección de sus datos sensibles, y apoyar a miles de emprendedores que por diferentes circunstancias no han tenido éxito, pero que esperan volver a levantarse.

Ley complementaria

La norma, que fue publicada ayer en el Diario Oficial, establece un nuevo principio en el tratamiento de datos personales sobre Protección de la Vida Privada. A partir de él, explicó Larroulet, sólo tendrán acceso a los datos de carácter económico, financiero, y bancario o comercial de terceros, el comercio establecido que realice evaluación de riesgo comercial, y las entidades que evalúen riesgo en el proceso de otorgamiento de un crédito. "Para todo el resto de los casos donde sea necesario contar con información comercial, se requerirá del consentimiento del titular de los datos", precisó el secretario de Estado.

"Se trata de un proyecto específico sobre el uso de información exclusivamente comercial, que se adscribe y complementa dentro de otros dos proyectos emblemáticos del Gobierno: Deuda Consolidada y Protección de Datos Personales", dice el asesor del Ministro de Economía, Cristian Gardeweg.

Frente al primero, la principal diferencia es que no abarca la información comercial positiva. Mientras que respecto de la protección de datos personales, la iniciativa del Gobierno va más allá de los datos financieros, resguardando el uso de información sobre domicilio, teléfonos, entre otros.

Las cinco preguntas fundamentales sobre la norma

1 ¿Qué es la Ley 20.575?

Es la norma que regula el tratamiento de datos personales de carácter económico, financiero, bancario o comercial, limitando su uso a entidades que realicen evaluación de riesgo comercial y de crédito, como bancos y casas comerciales.

De esta manera, cualquiera que quiera usar estos datos, fuera de ese universo, deberá pedir autorización a las respectivas personas dueñas de sus antecedentes.

2 ¿A qué se refiere el "borrón de Dicom"?

De acuerdo con esta ley, serán eliminadas del registro comercial todas las deudas en mora que se hagan exigibles, es decir vencidas al 31 de diciembre de 2011 y que al 17 de febrero de este año no superen los $2,5 millones. Cada cuota morosa se trata por separado; por tanto, si una cuota venció antes del 31 de diciembre, se borra, siempre y cuando el total de cuotas morosas sea inferior al máximo establecido.

3 ¿Ninguna institución de crédito verá ese tipo de deudas en el sistema?

Desde ayer, no. Ya que no podrán ser informadas por los distribuidores de datos a ningún agente. Para algunos se trata de una "pérdida de información" que puede impactar la buena evaluación del riesgo de cada persona por las distintas entidades. Esto no significa que la deuda caduque, ya que si bien la información desaparece del sistema, los compromisos comerciales siguen vigentes.

4 ¿El uso de estos datos para fines distintos al crédito se debe denunciar?

Bajo esta ley, sólo se usará para proceso de crédito y de evaluación de riesgo comercial. Si es para otro fin, las personas pueden denunciar ante tribunales.

Sin embargo, en los proyectos del Gobierno hoy en discusión (Deuda Consolidada y Protección de Datos) se incorpora al Sernac como vigilante de los datos personales, para canalizar las denuncias de incumplimiento.

5 ¿Se llevará algún registro de quien usa esta información?

De acuerdo con la nueva disposición, las distribuidoras de datos -es decir, personas naturales o jurídicas que realicen directamente el tratamiento, comunicación y comercialización de los datos de obligaciones económicas- deberán elaborar un registro con las empresas a las que entregan información. Esta norma, a diferencia del resto de la ley, entrará en vigencia en seis meses.


Fuente:emol

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Rodrigo González Fernández
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Jueces y políticos por Pablo Rodríguez Grez

Jueces y políticos

PABLO RODRÍGUEZ GREZ
 


Uno de los problemas más delicados en el ejercicio de la jurisdicción radica en resolver adecuadamente la relación entre juez y política. Como es lógico, toda persona tiene simpatías, afinidades y tendencias de esta naturaleza, y ajusta su conducta a aquellas valoraciones. Sin embargo, el juez debe mantenerlas en reserva y luchar permanentemente porque ellas no influyan en sus decisiones, cosa siempre difícil de lograr. Comencemos por recordar que toda magistratura judicial se basa en la aplicación de la ley, lo cual se realiza mediante un procedimiento llamado "interpretación". Toda ley tiene una voluntad, una intención y un sentido propios, debiendo el juez desentrañarlo, con el objeto de crear una regla particular (sentencia), cuya validez radica en la reproducción de los elementos normativos que permiten integrarla al sistema jurídico. En consecuencia, en esta tarea, el magistrado debe ser leal a la norma, cualquiera que sea el juicio que ésta le merezca, porque ella fue creada por el legislador en ejercicio de una función en que la judicatura no interviene ni puede juzgar. No es correcto decir, como se señaló en el pasado, que el juez es un "prisionero de las leyes". No. El juez es creador de derecho, pero en un marco preestablecido dado por la ley.

Constituye una grave desviación del ejercicio de la jurisdicción recurrir a pretextos, argucias o efugios para burlar el mandato legal y reemplazarlo por aquello que el sentenciador en su fuero interno estima más justo o conveniente. Por ese camino se precipita al derecho hacia un despeñadero y la tarea judicial se transforma en una parodia grotesca y sin sentido.

Por otra parte, los jueces deben sustraerse a la tentación de transformarse en personajes públicos y líderes de opinión al amparo de la potestad que les ha sido confiada. Es frecuente ver a los magistrados, especialmente en períodos políticamente conflictivos, más interesados en hacerse notar en los medios de comunicación que en el ámbito que les es propio.

Probablemente, lo que más afecta la imagen del Poder Judicial es el hecho de que en muchos casos es predecible lo que dictaminará un juez, atendiendo a sus preferencias ideológicas y a la presión que la opinión pública ejerce sobre él. Existen casos en que, bien o mal, se genera un atmósfera adversa, fruto de comentarios, declaraciones oportunistas, e incluso, campañas bien programadas, que anticipan una condena que no obedece al análisis técnico, equilibrado y sereno de los antecedentes. Se tropieza entonces con un enjuiciamiento prematuro y definitivo que no es posible revertir y que puede constituir una aberración jurídica y moral. Tampoco son escasas las condenas destempladas que, de manera precipitada, enuncian quienes procuran conseguir dividendos electorales, creyendo así transformarse en adalides y conductores de la sociedad.

Frente a esta problemática de tan profundas raíces, los chilenos parecen errar su diagnóstico. En lugar de corregir estas lacras —que son la causa de que nuestros tribunales, junto a los partidos políticos, sean los órganos públicos peor evaluados por la ciudadanía —, se admite la injerencia política y se deja sin sanción a quienes han obrado al margen de la prescindencia ideológica impuesta, incluso, en la ley orgánica respectiva. Más aun, se persiste en mantener un sistema de promociones y ascensos en el cual predomina la intervención de los demás poderes de políticos, sometiendo a nuestros jueces a exámenes sobre sus preferencias y el contenido de sus decisiones. A tal punto se llega en esta materia, que, por un lado, se protesta cuando el Ministerio de Justicia revisa la calidad del desempeño judicial antes de cursar una designación y, por otro lado, se convoca al Senado a los candidatos a ministros de la Corte Suprema para que den cuenta de sus votos en el desempeño de sus funciones.

Lo ocurrido recientemente en España, en este orden de cosas, tiene una proyección importante. Un juez de esa nación, transformado en el arquetipo del defensor de los derechos humanos, que se atribuía una jurisdicción universal, la cual, sin embargo, nunca invocó para calificar lo que ocurre en Cuba o Venezuela, violentó el derecho de defensa de los imputados, al interceptar las comunicaciones con sus abogados, haciendo escarnio del secreto que la ley asegura en esta relación profesional a todo procesado. El Tribunal Supremo español puso fin a su carrera, expulsándolo de la magistratura y demostrando que, por sobre todo, debe prevalecer el "estado institucional de derecho" y el respeto al mandato normativo. Un ejemplo que deberíamos imitar si efectivamente aspiramos a una justicia verdadera.

Pablo Rodríguez Grez
Decano Facultad de Derecho
Universidad del Desarrollo


Fuente:emol

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