CORRUPCIÓN

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jueves, 26 de septiembre de 2013

caso colusion "pollos"

LUEGO QUE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ADMITIERA DILIGENCIA

Altos ejecutivos declararon por Caso Pollos ante el TDLC

Por primera vez comparecieron representantes de Agrosuper, Ariztía y de APA. El dueño de Don Pollo no se presentó.

 
Por Juan Manuel Villagrán S.




En una larga jornada que se extendió desde las 9.00 hrs. hasta casi 18.00 hrs., ayer declararon por primera vez ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), por el denominado Caso Pollos, altos ejecutivos de las compañías y de la asociación gremial acusadas de colusión en el mercado avícola local.

El primero en arribar fue Juan Miguel Ovalle, presidente de la Asociación de Productores Avícolas de Chile (APA). El ejecutivo, al igual que los otros que comparecieron al TDLC, se mantuvo en completo silencio frente a la prensa que acudió al tribunal. La toma de declaraciones estuvo a cargo de la ministra Andrea Butelman y su par Radoslav Depolo.

Se esperaba que las declaraciones de Ovalle duraran alrededor de tres horas, pero el trámite se alargó. En medio de esta toma de declaración, se presentó a mediodía Carlos José Guzmán Vial, gerente general de Agrosuper, acompañado de su abogado Luis Eduardo Toro. Su cita se extendió hasta pasada las cuatro de la tarde y recibieron alrededor de 218 preguntas por parte de la ministra Butelman.

El último en declarar fue Ismael Correa Rodríguez, miembro del directorio de Ariztía. El director estuvo hasta casi las 18.00 hrs. y fue el último en declarar ante Radoslav Depolo, pues el fundador de Don Pollo, Ramón Covarrubias, fue el único empresario que no se presentó ante el TDLC.

Fuentes cercanas a Don Pollo afirmaron a 

DF

que Covarrubias no se presentó porque tuvo problemas de agenda y, además, aducen que la citación personal no fue con toda la anticipación necesaria. 

Esta era la segunda citación para todos los ejecutivos, por lo que tenían la obligación de asistir, excepto Covarrubias, pues era la primera vez que lo llamaban a declarar. Si el empresario no llegase a ir a la segunda citación (que aún no se fija) habría un apercibimiento legal. Mientras Don Pollo no realice la absolución de posiciones, esta etapa procesal sigue abierta.



Reacciones


A la salida de la cita, uno de los pocos que habló con la prensa fue el abogado de Agrosuper, Luis Eduardo Toro, quien explicó que "terminamos de testimoniar la prueba que teníamos que rendir. Estamos súper tranquilos y acompañamos todo lo que teníamos que acompañar. Falta la prueba de la APA y estamos confiados en el alegato y en lo que viene para adelante". Además, Toro afirmó que "era absolutamente esperable la cantidad de preguntas que recibimos".

En tanto, Álvaro Ortúzar, abogado de Ariztía, dijo que "quedan todavía algunas diligencias propias de este proceso. Falta una absolución de posiciones del representante de Don Pollo, y por lo tanto, continúa el proceso de forma normal".
Fuente:df

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Rodrigo González Fernández
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COLUSION: Corte Suprema confirma sentencia para Whirlpool por colusión,

Corte Suprema confirma sentencia para Whirlpool por colusión, pero rebaja multa a US$ 4,9 millones


Confirmó resolución del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TLC).

Diario Financiero Online

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TLC) en contra de Whirpool  por colusión; sin embargo, rebajó el monto de la multa aplicada.

En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Héctor Carreño, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y Dinorah Cameratti (suplente); además del abogado integrante Alfredo Prieto, confirmaron la sentencia, pero rebajaron el monto de la multa de 10.500 UTA (US$ 10,2 millones) a 5.000 UTA (US$ 4,9 millones). 

El fallo determina que, entre 2005 y 2008, Whirpool y su competidora Tecumseh -empresa que se acogió a los preceptos del artículo 39 bis del Decreto Ley 211, sobre delación compensada- se coludieron para alzar los precios de los compresores, insumo esencial para la fabricación de refrigeradores.

"Que la sentencia que se revisa en sus considerandos octogésimo noveno y nonagésimo dejaron asentado que las requeridas, Whirlpool S.A. y Tecumseh, pudieron imponer sus precios dado que el mercado relevante presentaba barreras de entrada y una altísima concentración de mercado. Efectivamente, ambas empresas mantuvieron una participación de mercado conjunta cercana al 90%, tanto en unidades importadas por firmas en Chile como en valores importados, todo lo cual da cuenta del elevado porcentaje de mercado que representaban dichas compañías en caso de actuar de consuno. De ello se sigue que estas dos empresas, actuando de manera coordinada, tenían la capacidad de afectar el precio de venta de sus productos en Chile", dice el fallo. 

Asimismo, se indica en el fallo impugnado que si bien Embraco ostentaba una posición dominante en el mercado nacional desde al menos el año 2006, una acción conjunta y coordinada con su principal competidor Tecumseh les otorgaba a ambas empresas un poder aun mayor del cual podían abusar cobrando precios superiores a los competitivos.

Añade la resolución que esta elevada participación de mercado se explica "por las dificultades que enfrentaban las empresas chilenas para reemplazar los compresores de estas firmas por los fabricados por otros productores. Uno de estos inconvenientes surge de la necesidad de que el compresor se ajuste a las características técnicas necesarias para su correcto funcionamiento al incorporarlos en la manufactura de refrigeradores y de otros equipos de refrigeración, lo que trae aparejado costos adicionales de evaluación de la durabilidad y seguridad del producto mediante pruebas de laboratorio y de campo".

"Se concluye, entonces, que este mercado se encontraba dominado por las firmas requeridas en atención a la evidente complejidad del proceso de sustitución de los productos en cuestión, configurándose barreras de entrada para nuevos competidores en el corto plazo, lo que junto con la elevada participación conjunta de mercado de las requeridas les otorgaba un poder de mercado del que éstas podrían haber abusado", sostiene el fallo.

Fuente:DF

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Rodrigo González Fernández
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